Despido Justificado e Injustificado
En el derecho laboral mexicano, el despido justificado e injustificado son las dos vertientes que regulan la rescisión de la relación de trabajo por decisión unilateral del patrón, determinando por completo las obligaciones económicas y legales de la empresa frente al trabajador. Regulado detalladamente por la Ley Federal del Trabajo (LFT), un despido justificado ocurre cuando el empleado incurre en una de las faltas graves tipificadas en la ley —como ausentismo injustificado, faltas de probidad o violencia—, lo que exime al patrón de pagar una indemnización y lo obliga únicamente a liquidar el finiquito correspondiente. Por el contrario, un despido injustificado sucede cuando la separación se da por causas ajenas a la conducta del trabajador o sin que la empresa pueda demostrar legalmente la falta, lo que faculta al empleado a demandar el pago de una indemnización constitucional o la reinstalación en su puesto, representando un impacto financiero y operativo crítico para la administración del negocio.

Despido justificado e injustificado
Cuando existe una relación laboral entre trabajador y patrón se pueden dar 3 escenarios llegado el momento de que el trabajador se desvincule.
Por una parte puede ser que el empleado haya realizado una renuncia voluntaria, lo que suele ocurrir cuando la persona ha encontrado un nuevo trabajo. Pero por otra parte, también se puede dar que el patrón sea quien despida, donde los dos escenarios son el despido justificado o el despido injustificado de su parte.
Despido justificado
Cuando ocurre un despido justificado, el patrón queda automáticamente libre de determinadas obligaciones que están establecidas por ley. Preocupándose solo de realizar el pago correspondiente al finiquito.
Siendo en la mayoría de los casos los motivos para este tipo de despido:
- Entrega de certificados falsos o referencias falsas.
- Cuando la persona incurre en actos violentos.
- Si el trabajador altera la disciplina del lugar de trabajo.
- Si fuera del horario laboral el trabajador agrede al patrón.
- Comprometer la seguridad de las personas o del establecimiento donde desempeña sus funciones.
- Realizar actos que sean inmorales.
- Inasistencia de más de 3 días en un periodo de 30 días que no estén justificadas.
- Desobedecer al patrón.
- Asistir al trabajo en estado de ebriedad o bajo los efectos de droga.
Es importante que en esta situación de despido el patrón cuente con pruebas para justificar el despido. Para finalmente hacer el pago del finiquito.
Donde el finiquito consiste en que el trabajador recibe el pago de los días trabajados no pagados que corresponden al aguinaldo de los días que han sido trabajados en el año. También recibir el pago de las vacaciones y el pago de la prima vacacional. Además de poder recibir el pago de una prima por antigüedad laboral, la que consiste en 12 días de trabajo en un año trabajado.
Despido injustificado
Por otra parte, se encuentra el despido injustificado, donde la causa corresponde a cualquier otra razón que no ha sido mencionada en la lista anterior de motivos.
En esta situación el patrón tendrá que pagar una indemnización con una liquidación, pagar un finiquito e incluso tener que volver a reubicar al trabajador en su mismo puesto anterior.
Conocer las diferencias entre un despido justificado y un despido injustificado será de suma importancia para que un patrón tenga claro que líneas no debe cruzar y en caso de tener que hacer un despido pueda tener las pruebas para tal acción. Y en caso del trabajador, saber cuáles son sus derechos frente a uno u otro tipo de despido.
Cuáles son las principales razones para el despido injustificado? Te compartimos este video:
Causas de rescisión según la LFT y diferencias entre finiquito y liquidación
Para que los departamentos de Recursos Humanos y Contabilidad blinden jurídicamente a la empresa durante la baja de un colaborador, no basta con argumentar una baja de rendimiento. La legislación mexicana exige documentar el proceso de manera estricta bajo criterios analíticos y normativos claros:
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El catálogo del Artículo 47 de la LFT: Este artículo enumera las únicas causas legales para un despido justificado. Entre las más comunes en la operación diaria se encuentran acumular más de 3 faltas de asistencia en un periodo de 30 días sin permiso o causa justificada, desobedecer las instrucciones de trabajo, entregar documentación falsa en la contratación o cometer actos de hostigamiento y acoso laboral. Para que el despido sea válido, el patrón debe entregar obligatoriamente un Aviso de Rescisión por escrito al trabajador o al Tribunal Laboral dentro de los 30 días siguientes a la falta; omitir este aviso hace que el despido se considere injustificado de forma automática.
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Conceptos del Finiquito (Despido Justificado): Si la empresa demuestra la causa justa, solo debe pagar las partes proporcionales devengadas por el tiempo laborado: días trabajados del mes, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y la prima de antigüedad (esta última solo si el trabajador tiene más de 15 años de servicio, o bien, en cualquier caso de despido justificado según los criterios de la Suprema Corte).
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Conceptos de la Liquidación (Despido Injustificado): Si el despido carece de sustento legal, la empresa está obligada a pagar una indemnización constitucional que incluye: 3 meses de salario integrado, el pago de los 20 días de salario por cada año de servicios prestados (si aplica reinstalación rechazada), la prima de antigüedad (obligatoria sin importar los años de servicio) y los salarios vencidos en caso de juicio laboral.
📊 La trampa de los cálculos erróneos en el Salario Diario Integrado (SDI): Uno de los errores administrativos más costosos es calcular las liquidaciones utilizando el salario base o cuota diaria en lugar del Salario Diario Integrado (SDI). El SDI debe incorporar todas las prestaciones fijas y variables del trabajador (como vales de despensa, bonos de productividad y comisiones). Emitir un CFDI de nómina especial por separación con un cálculo erróneo no solo debilita la defensa de la empresa ante una demanda, sino que provoca discrepancias de timbrado automatizadas ante el SAT y diferencias de cuotas con el IMSS.
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