ISR Retenido e IVA Retenido
En el marco tributario mexicano, el ISR retenido e IVA retenido son mecanismos de recaudación anticipada mediante los cuales el Servicio de Administración Tributaria (SAT) obliga a los contribuyentes (generalmente personas morales) a retener una parte del impuesto que le corresponde pagar a sus proveedores de bienes o servicios (personas físicas) para enterarlo directamente al fisco. En lugar de que el emisor de la factura reciba el total del impuesto y lo declare posteriormente, el receptor actúa como un agente de retención y adquiere una responsabilidad solidaria ante la autoridad. Reguladas de forma estricta por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), estas retenciones operan como un candado analítico de fiscalización cruzada diseñado para reducir la evasión fiscal en sectores clave como los servicios profesionales, el arrendamiento, el autotransporte de carga y los regímenes simplificados, dictando las pautas indispensables para la deducibilidad de los gastos de la empresa.
¿Qué es el ISR Retenido?
Comencemos aclarando que el ISR es el Impuesto Sobre la Renta, por ello es el impuesto que deben pagar todas las personas sobre las ganancias que han tenido durante el tiempo de trabajo.
Pero si se trata del ISR retenido, lo que va a significar es que es el impuesto que será retenido por una personal moral hacia una persona física. Lo que en otras palabras se ve traducido como la retención que hará una empresa a aquellas personas que han ganado dinero por la prestación de servicios.
Debe quedar claro que el ISR no se aplica a las personas que se encuentran dentro del régimen del RIF.
Y quién se va a quedar con este impuesto retenido tendrá como obligación:
- Realizar el cálculo del ISR anual de las personas físicas.
- Siempre entregar las constancias de esta retención.
- Hacer la Declaración Informativa.
- Tener inscritos a los trabajadores en el RFC (calcular tu RFC y CURP).
En cuanto al monto que es retenido, este corresponde al 10% sobre el monto del pago. Y para poder realizar el cálculo de este pago se deberá elegir la Tabla de ISR, todo esto dependiendo del año de pago.

¿Qué es el IVA Retenido?
El IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido, recordemos que es el impuesto que siempre se tendrá que pagar cuando se realiza una compra de algún producto o servicio.
Pero en relación el IVA retenido, este será el porcentaje guardado para garantizar que efectivamente se cumplió con la obligación fiscal.
Se debe tener en consideración que el porcentaje retenido es de un 6% y que debe ser retenido al momento de acceder a cualquier tipo de servicio tercerizado. Y considerar que este impuesto se ejecuta a las personas físicas que entreguen un servicio profesional.
Es importante poder cumplir con esta obligación sobre todo porque:
- Clave para el adecuado funcionamiento de una empresa o negocio.
- Sirve para demostrar que existe un nivel de compromiso y de seriedad por parte de un negocio. Lo que además ayuda en la solicitud de algún tipo de crédito a futuro.
Con el pago de este impuesto, de paso se estará gestionando de manera correcta las finanzas y conseguir de manera más rápida el éxito.
En caso de que un negocio o empresa no tenga claro cómo calcular este impuesto, lo mejor que se puede hacer es acudir con un contador o a un despacho contable. Porque el incumplimiento de las responsabilidades fiscales puede traer consigo sanciones y el posible fracaso e incluso cierre del negocio.
Ahora que has refrescado tu memoria y tienes claro qué es el ISR retenido y el IVA retenido puedes continuar de manera adecuada con todos los procesos involucrados en una empresa.
Si quieres una herramienta en línea que te ayude al calcular estos valores, puedes contar con esta.
Para una explicación más amena te compartimos este video:
Principales tasas de retención en México y la obligación del entero mensual
Para que el departamento de cuentas por pagar y contabilidad apruebe la validación de un gasto, es indispensable analizar la naturaleza jurídica del proveedor y el tipo de acto comercial, ya que las tasas y porcentajes de retención varían analíticamente según la legislación vigente:
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Retención de ISR e IVA por Servicios Profesionales (Honorarios): Cuando una persona moral contrata a un profesionista independiente (como un contador, abogado o ingeniero), la ley establece una retención fija del 10% de ISR sobre el monto de los honorarios y de las dos terceras partes del IVA trasladado (equivalente al 10.667% si la tasa general es del 16%). Esta misma regla de retención de IVA aplica de manera obligatoria para el servicio de arrendamiento de inmuebles comerciales.
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Retención en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): Si el proveedor es una persona física que tributa en el RESICO, las personas morales están obligadas a retener el 1.25% de ISR sobre el valor de la operación antes de IVA, sin importar si ofrece un servicio profesional, comercial o de uso/goce de bienes.
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Retención por Autotransporte de Carga (Fletes): En el sector logístico, las personas morales que reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes (fletes) deben efectuar una retención del 4% del IVA trasladado, un requisito crítico ligado al control de la Carta Porte.
⚖️ El amarre con el Complemento de Pago y el entero fiscal: Las retenciones de impuestos no se consideran válidas para el acreditamiento o deducción de la empresa con la simple emisión de la factura original. El IVA y el ISR retenidos adquieren materialidad jurídica en el mes en que el comprobante es efectivamente pagado (flujo de efectivo) y deben enterarse al SAT a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior. Si existe un desajuste entre el CFDI 4.0, las retenciones declaradas en la DIOT y tus estados de cuenta, los algoritmos automatizados del SAT suspenderán tu opinión de cumplimiento fiscal y emitirán multas automáticas por omisión de impuestos retenidos.
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