IVA, ISR, IEPS

IVA, ISR, IEPS

Algunos términos los utilizamos de forma regular entendiendo el concepto, pero con el paso del tiempo se pueden llegar a olvidar. Por eso la necesidad de encontrarte de manera constante revisando los significados de algunos, como es el caso del IVA, del ISR y del IEPS. Términos que por lo demás son pan de cada día si de nuestras obligaciones. Y que debes conocer al revés y al derecho si te encuentras realizando tareas de contaduría.

¿Qué es el IVA?

El IVA es uno de los términos más utilizados si de impuestos se trata, por eso la importancia de recordar exactamente qué es.

Lo que las siglas quieren decir es Impuesto sobre el Valor Añadido y el cual será cobrado cada vez que se compre un producto o servicio. Esto sea dentro de México o fuera del país. Por lo tanto, tiene relación directa con la compra y la venta de productos.

Cada vez que es prestado o vendido un servicio quien realiza la venta no puede quedarse con este porcentaje, ya que este debe ser ingresado a Hacienda.

Los tipos de IVA que existen son:

  • General.
  • Reducido.
  • Superreducido.

Y para que el IVA pueda ser declarado se tiene que llevar a cabo a través de la declaración mensual.

IVA, ISR, IEPS

¿Qué es el ISR?

Las siglas ISR lo que quieren decir es Impuesto sobre la Renta, y corresponde a un impuesto a pagar por las ganancias que se han generado durante el ejercicio.

Este instrumento a nivel nacional es considerado como uno de los más importantes por el valor monetario que significa. Porque personas físicas y morales lo deben pagar.

Para saber quién debe pagar este impuesto se debe consultar la ley del Impuesto sobre la Renta, la cual establece que:

  • Residentes de México.
  • Mexicanos que vivan en el extranjero pero que dentro de México tengan un establecimiento que genera ingresos permanentes.
  • Mexicanos residentes en el extranjero que obtengan riquezas provenientes del territorio nacional.

¿Qué es el IEPS?

Este corresponde a otro de los impuestos que se debe pagar en nuestro país, donde sus siglas quieren decir Impuesto Especial a la Producción y Servicios.

Y debe ser pagado siempre que exista producción y venta o importaciones de tabaco, alcohol, cerveza, gasolina, entre otros.

El pago de este impuesto es mensual y es obligación presentarlo frente a la autoridad fiscal. Otros bienes que se encuentran sujetos a este pago son:

  • Confitería.
  • Botanas.
  • Todo tipo de producto derivado del cacao.
  • Paletería, helados y nieves.
  • Todo tipo de alimento que sea elaborado a base de cereal.

Es de suma importancia que el pago de estos impuestos sea realizado, ya que de lo contrario se pueden tener como consecuencia sanciones. Misma razón por la cual las empresas y los dueños de negocios cuentan con la ayuda de contadores. Quienes con su experiencia y conocimientos sobre el tema consiguen tener a la empresa al día con sus responsabilidades fiscales.

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