EFOS y EDOS: Definición, diferencias y marco fiscal

Qué son EFOS y EDOS?

En el ámbito fiscal mexicano, los acrónimos EFOS y EDOS identifican a los dos actores involucrados en el esquema de simulación de operaciones y compra-venta de facturas, regulado estrictamente por el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF). Los EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) son aquellas compañías o personas físicas que emiten comprobantes fiscales (CFDI) sin contar con la infraestructura, activos, personal o capacidad material directa para prestar los servicios o entregar los bienes que describen. Por otro lado, los EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas) son los contribuyentes que compran y utilizan dichas facturas con el objetivo de inflar sus gastos, disminuir de manera artificial su base gravable y pagar menos impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Estas corresponden a las prácticas más comunes de evasión fiscal y tiene relación directa con la compra- venta de facturas simuladas. Para ser más claros:

  • EFOS: Empresa que Factura Operaciones Simuladas.
  • EDOS: Empresa que Deduce Operaciones Simuladas.

Es fundamental saber qué son para poder llevar un orden adecuado en la contabilidad y cumplir en forma con las obligaciones fiscales.

empresas fantasmasEFOS

Para poder entender mejor el concepto las EFOS, son empresas que venden facturas para ser deducidas por otras empresas que efectivamente tienen operaciones reales.

Siendo su objetivo final conseguir un porcentaje de las facturas que son emitidas, pero que a fin de cuentas no tienen una operación real. En consecuencia, es fundamental saber que las facturas emitidas por estas entidades no tienen ninguna validez frente a la autoridad fiscal. Y más importante aún, es que quien acceda a este tipo de facturas se encuentra actuando fuera de la ley.

EDOS

Vendrían a ser las compañías que deducen las facturas que entrega una EFOS para lograr disminuir la base del impuesto y así solicitar devoluciones.

Visto desde otra perspectiva, las EDOS buscan deducir el monto total de la factura que han comprado. Por lo tanto, lo que harán será pagar un porcentaje mínimo de su valor.

En consecuencia la mala práctica viene de ambas partes.

El actuar del SAT frente a las prácticas EFOS y EDOS

Desde que la institución comenzó a digitalizar todos sus procesos ha conseguido poder frenar bastante estas malas prácticas. De hecho se encuentra monitoreando de forma constante a las personas físicas y morales, para así poder identificar casos de operaciones simuladas.

validar operaciones de EFOS y EDOS

Las personas que son identificadas se les hacen llegar un boletín.

El SAT logra identificar esta práctica cuando un contribuyente emite comprobantes sin contar con el personal, los activos, la infraestructura para poder ofrecer los servicios o entregar los bienes.

En caso de ser notificado, el contribuyente debe hacer las aclaraciones pertinentes aportando los documentos probatorios para lograr desvirtuar los hechos.

La importancia de evitar tratos con empresas de este tipo

En primera instancia es importante evitar acceder a los servicios de este tipo de empresa porque se pierde por completo el orden de la contabilidad.

También existe la posibilidad de recibir sanciones por parte de la autoridad que impactarán directamente en la economía de la empresa. Pudiendo llegar a ser cerrado el negocio o recibir sanciones como ir a prisión.

Siendo los beneficios de evitar las EFOS y EDOS:

  1. Mantener en todo momento el orden contable.
  2. Cumplir adecuadamente con la autoridad.
  3. Evitar las multas y las sanciones.
  4. No arriesgar el funcionamiento y reputación de la empresa o negocio.
  5. Mantener una lista de clientes y proveedores que son reales.
  6. Mejorar la imagen de la empresa.

Para una explicación más amena te compartimos este video:

El Artículo 69-B del CFF: Listas negras del SAT y la desvirtuación de operaciones

La fiscalización de los EFOS y EDOS es una de las estrategias más agresivas del SAT para combatir la evasión fiscal. Cuando la autoridad detecta que un contribuyente emite facturas sin tener la capacidad operativa para respaldarlas, inicia un procedimiento legal que se publica trimestralmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el portal del SAT, conocido popularmente como la “Lista Negra del SAT”. Este proceso se rige bajo plazos y consecuencias jurídicas muy estrictas:

  • Situación de los EFOS (Presuntos vs. Definitivos): Cuando el SAT detecta irregularidades, publica al contribuyente como Presunto EFO. Este cuenta con un plazo de 15 días hábiles para aportar pruebas y defenderse. Si no logra desvirtuar las observaciones o no presenta documentación, la autoridad lo publica en la lista de EFO Definitivo, anulando la validez fiscal de todos los comprobantes que haya emitido en su historia.

  • El dilema de los EDOS (Plazo para corregirse): Una vez que un proveedor es publicado como EFO Definitivo, las empresas que le compraron facturas (los EDOS) entran en una situación de alto riesgo. La ley les otorga un plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación para hacer una de dos cosas: acudir ante el SAT para desvirtuar (demostrar con contratos, fotos, bitácoras y entregables que el servicio sí se prestó realmente) o corregir su situación fiscal eliminando esas deducciones y pagando los impuestos correspondientes con sus respectivos recargos y actualizaciones.

⚖️ El riesgo penal de la simulación: Comprar facturas o simular actos jurídicos ya no es solo una falta administrativa que se resuelva pagando una multa. En la legislación mexicana actual, la compra-venta de facturas de un EFO definitivo por un monto que supere los límites establecidos por la ley es catalogada como delincuencia organizada y un delito contra la seguridad nacional, lo que conlleva penas de prisión preventiva oficiosa.

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